miércoles, 4 de agosto de 2010

LEY GEENERAL DE DEUDA PUBLICA

El aumento creciente de los gastos gubernamentales para atender a las necesidades colectivas ha llevado a los estados contemporaneos a recurrir al endeudamiento tanto interno comoe externo.
Es importante que el servicio de la Deuda Pùblica se mantenga siempre dentro de la capaciad de pago del Sector Pùblico y del paìs en su conjunto.
Le Ley General de Deuda Pùblica tiene en suma a optimizar el uso de los recursos financieros, que capte el sector pùblco federal a traves del crèdito tanto interno como externo.
Busca asegurar los sistemas de informaciòn necesarios para conocer, vigilar y evaluar en todo momento la situaciòn crediticia del paìs, con la cual podrà lograrse una programaciòn eficiente del manejo de la deuda a travès de la doble metodología que se propone:
- La normativa por medio de técnicas jurídicas que emanan de esta Ley, y la programática mediante las disposiciones que surgan de la actuación de los órganos que tendràn la responsabilidad de su manejo.
Ley de la Deuda Pùblica faculta al Ejecutivo Federal, sus òrganos directos y al Departamento del Distrito Federal para contraer obligaciones que obligan a la Naciòn siempre que las fundamenten y programen, tanto en lo concerniente a su destino como su servicio, en un contexto de estricto apego a sus planes de inversiòn, autorizados por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. A esta última compete contratar emprestitos y garantizarlos así como valores clasificables, como créditos y avalarlos.
La SHCP tiene a su cargo ademas de vigialr que los créditos obtenidos por las entidades públicas se apliquen a planes productivos que autogeneren su servicio, a llevar un registro de la misma, así como a participar en ls emisiones de bonos que el gobierno federal dentro o fuera del país, (operaciones de mercado abierto del Banco de México por ejemplo).

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